Hay contratos de financiación de coche que, sobre el papel, parecen en orden. Las cuotas cuadran, el tipo de interés aparece reflejado y nadie te advierte de que algo no está bien. El problema es lo que no aparece: los seguros que la entidad financia junto al préstamo sin incluir su coste en la TAE que el cliente ve y firma.
Eso es exactamente lo que ocurrió en la financiación de un Hyundai Kona. Tras detectar que la TAE del contrato no incluía los intereses generados por una prima de seguro financiada con el propio préstamo, se reclamó judicialmente y se consiguió la nulidad del contrato y la devolución de 5.550 euros. El proceso duró tres años.
El problema con la TAE: lo que el contrato decía y lo que realmente costaba
En este caso, la entidad financiera había incluido en el préstamo una prima de seguro de pago único de 901,15 euros, financiada junto al capital principal. Al financiarse, esa prima generaba intereses adicionales que se sumaban mes a mes al coste real del préstamo. Sin embargo, esos intereses no se reflejaban en la TAE que aparecía en el contrato.
El resultado era una TAE contractual del 12,06% que, según el informe pericial presentado en el procedimiento, no se correspondía con el coste real. Una vez aplicados correctamente los cálculos exigidos por la Ley 16/2011 de Contratos de Crédito al Consumo, la TAE legal ascendía al 12,77%. Y si se incluían también todos los servicios financiados al margen del préstamo principal, el coste real del crédito llegaba al 14,62%.
La diferencia puede parecer pequeña en porcentaje, pero en términos económicos supone cientos de euros que el consumidor no sabe que está pagando porque nadie se los ha explicado.
Un seguro "opcional" que en realidad formaba parte del préstamo
La entidad financiera argumentó en su contestación que el seguro tenía carácter voluntario y que, por tanto, su coste no tenía por qué incluirse en la TAE. Es la defensa habitual en este tipo de casos: si el producto es opcional, la ley no obliga a sumarlo al coste del crédito.
El juzgado no lo aceptó. El criterio aplicado es claro: lo que importa no es cómo se etiqueta el producto en el contrato, sino si realmente se financió junto al préstamo. En este caso, la prima del seguro se incorporó al capital financiado, generando intereses que el cliente pagó sin saberlo. Eso la convierte en parte del coste del crédito, con independencia de cómo la denomine la financiera.
La sentencia: nulidad por abusividad y falta de transparencia
El juzgado estimó íntegramente la demanda y declaró la nulidad por abusividad y falta de transparencia de las cláusulas que regulan la TAE del contrato. La resolución concluye que el contrato adolece de falta de transparencia porque ni se menciona el artículo 6 de la Ley 16/2011, ni se explican los supuestos de cálculo para la TAE, reflejando un porcentaje inferior al realmente repercutido.
Las consecuencias son directas: el demandante únicamente está obligado a devolver el capital efectivamente prestado, sin comisiones, sin seguros, sin servicios adicionales y sin ningún tipo de interés remuneratorio. Todo lo que se cobró de más queda sujeto a restitución, determinándose la cantidad exacta en ejecución de sentencia.
Además, las costas del procedimiento se imponen íntegramente a la parte demandada.
La sentencia completa
Puedes consultar a continuación el texto íntegro de la resolución. Los datos personales de las partes y el nombre de la entidad financiera han sido anonimizados.
Tres años para recuperar 5.550 euros: ¿merece la pena reclamar?
El procedimiento se prolongó durante tres años, un plazo largo pero que, vistos los resultados, merece ser valorado con perspectiva. Son tres años frente a lo que habría sido seguir pagando por un contrato que nunca informó correctamente de su coste real.
El tiempo que dura una reclamación depende de muchos factores: la carga del juzgado, si la entidad contesta o no, si hay juicio o el asunto se resuelve solo con prueba documental. Pero en cualquier caso, el proceso no requiere que el cliente esté presente ni que dedique tiempo a gestionarlo. Una vez iniciado, los profesionales se encargan de todo.
¿Puede tu contrato tener el mismo problema?
La práctica detectada en este caso —financiar seguros o servicios adicionales junto al préstamo sin reflejar su coste en la TAE— no es exclusiva de ninguna entidad ni de ningún modelo de coche. Es un patrón que se ha repetido en miles de contratos de financiación de vehículos firmados en los últimos años.
Merece la pena revisar tu contrato si reconoces alguna de estas situaciones:
- Contrataste un seguro de vida o de protección de pagos junto con la financiación del coche
- Ese seguro se pagaba dentro de la misma cuota mensual, no por separado
- Nunca te explicaron cómo afectaba ese seguro al coste total del crédito
- La TAE de tu contrato no coincide con lo que realmente estás pagando
Revisar tu contrato no tiene coste. Y si hay base para reclamar, en ReclamaTuCoche te lo decimos desde el primer momento.